no puedo pagar mas mis deudas
hola hoy me encuentro como mucha gente de españa ,sin trabajo con una situacion economica desastrosa ,con deuda de hipoteca creditos ,tarjetas y sin poder afrontar la situacion lo cual me lleva a irme de este pais y dejar todo haci que se caiga por su propio peso alguien por favor me puede decir que me puede suceder si me largo a sudamerica . mucha gracias y cada dia somos mas morosos abajo con este sistema perverso y malignos.saquen sus ahorros antes que sea tarde.... saludo a eric eres un fenomeno y maestro........joluis
Por dejar de pagar créditos a entidades bancarias no te van a meter en la carcel (si fuese a la mafia igual te partían las piernas). Si tienes hipoteca, pasado un tiempo el banco la ejecutará y perderás la propiedad, al igual que embargaran los posibles bienes que tengas a tu nombre. Los créditos y las tarjetas sin pagar implicará que entrarás en listado de morosos y no tendrás acceso a créditos en un futuro. Pero eso es todo. Aprenderás a vivir fuera del sistema (yo lo llevo haciendo hace 11 años y te aseguro que, aún siendo dificil, se puede vivir). Simplemente tendrás que acostumbrarte a funcionar con "cash", o sea con el dinero que tengas en el bolsillo o en un calcetin. Incluso quizás puedas abrir una cuenta en una entidad bancaria distinta (algunas no permiten abrir cuenta si estás en lista de morosos) y funcionar con una tarjeta de debito.
Puedes viajar a Sudamerica o a donde quieras sin problema. En mi opinión, en una situación como la tuya lo mejor es afrontarla cuanto antes y empezar una nueva forma de vida. Los problemas no se solucionan por si solos.
Suerte y te aseguro que mientras tengas salud, por dificil que parezcan las situaciones, siempre hay salida.
Jerome
Todos creemos que el pagar la deuda o el prestamo nos va a salvar, no pagues nada, lo unico que te puede pasar es que te pongan en la lista de los deudores, y te llamaran y te quitaran tus cosas materiales,
Pero tu vida no te la quitaran, volveras a comenzar con dinero diferente y que mejor si vivies sin tarjetas..
Ya no seras un esclavo de los que dominan al mundo los bancos privados o la FED, Banco central. etc..
Solamente quería saber si te pueden embargar si te vas a vivir a un país de la comunidad europea, como portugal o inglaterra... Gracias!
Hola!
la respuesta a tu pregunta ya aparece en el listado de respuestas a preguntas frecuentes.
Aquí la tienes: http://www.17-s.info/faq-deixar-de-pagar-deutes-dejar-de-pagar-deudas-ca...
saludos
En españa te embargaran tus bienes, pero en sudamérica no vas a tener ningu problema legal y vas a poder tener nómina e incluso propiedades sin problemas, esto es seguro al menos por una cantidad de años.
Los esfuerzos de la "diplomacia del embargo" van en estos momentos para accelerar los plazos dentro de la UE que hay información que dicen que los estan logrando a los 5 años.
Aquí tienes un enlace donde habla de la posibilidad de embargos en el extranjero,
http://74.125.45.104/search?q=cache:sQSmOeg2ISMJ:ec.europa.eu/justice_ho...
me parece que habla de que es muy complicado si es fuera de la UE ya que incluso dentro de la UE el proceso puede tardar años.
Aquí hablan de embargos de bienes en la UE:
http://www.burbuja.info/inmobiliaria/burbuja-inmobiliaria/64479-se-puede...
y que hacienda dentro de la UE lo tiene bastante fácil
http://www.elmundo.es/papel/2003/09/16/economia/1474515.html
En está búsqueda de google encontrarás más información:
http://www.google.es/search?hl=es&q=%22embargar+bienes+en+el+extranjero%...
saludos,
Enric
Hoal amigo espero que me puedas aconsejar , soy una padre de familia de tres niños, sin trabajo y sin paro, no tengo ningun ingreso pero si dos creditos y dos tarjetas, no puedo mas con esta situacion, y la verdad lo único q tengo es mi coche. Lo malo que no puedo volver a mi pais Ecuador porque alli la situacion tampoco esta tam bien.
que pasaria si dejo de pagar al banco Me pueden embargar ,iria a juicio ? no entiendo mucho de leyes
No se que hacer alguien me puede echar un cable.
Saludos quike
Disculpa el retraso en responder, no había visto este mensaje.
Lo único que te pueden quitar es lo único que tienes el coche. Quizá antes de dejar de pagar lo puedes poner a nombre de tu mujer, para evitarlo o de otra persona si ella también está deudora.
Si tienes un crédito para el coche tendrás que asegurar que este no tenga reserva de dominio antes de cambiarlo de nombre.
La reserva de dominio es una cláusula que tienen los papeles de algunos coches en la dirección general de tráfico (DGT), mediante la cual no se pueden vender sin antes cancelar el préstamo. Esto se puede preguntar por teléfono a la DGT que te corresponda.
A parte de eso, estás invitado a participar de la huelga de bancos, que se explica en este enlace:
http://www.17-s.info/es/iniciamos-la-campana-de-la-huelga-las-preinscrip...
un espacio donde la gente que no puede pagar sus deudas podrá participar y contar con una red de solidaridad y de acción coordinada. Con esto podríamos conseguir, además de transformaciones económicas, que la gente supere situaciones personales adversas como la que nos explicas.
Que pasa si me voy de España y dejo tarjetas de credito y préstamos sin pagar, me voy a sudamérica, allá me pueden embargar, me pueden acusar de alzamiento de bienes?, me pueden arrestar internacionalmente?, tengo créditos por 30.000 euros y un coche que lo debo y quiero devolverlo a la financiera, actualmente no debo nada pero estoy sin trabajo y en el paro, si recojo los creditos puedo empezar en otro lugar del mundo y poner algun negocio, pienso que acá no hay trabajo y difícilmente habrá con esta crisis que han promovido los bancos, dime alguna respuesta por favor?
soy el del comentario anterior, me hace falta saber si puedo hacer mi vida normal en sudamerica y viajar normalmente al exterior e incluído la unión europea tengo pasaporte comunitario pero doble nacionalidad nací en sudamérica, pero no soy español, no me interesa por hacer esto cerrarme las puertas en el mundo ni dejar de viajar de vacaciones en especial a USA
Como decíamos en comentarios más arriba de este hilo. Lo que va a pasar es que te van a poner en la lista de morosos y te van a intentar embargar pero no van a poder porque no encontraran nomina ni propiedadesen territorio español.
Entonces lo que no podrás hacer en este estado será trabajar y tener propiedades.
A la larga si aumenta la coordinación dentro de la UE esto podria suceder si lo hicieras dentro de la Unión Europea. Pero si vives en América latina queda muy lejos.
Además, no tendras problema para viajar puesto que penalmente no te van a acusar de nada.
saludos
Eric gracias por tu respuesta, pero quería saber algo:
Penalmente no me pueden acusar de nada, no puede ser esto alzamiento de bienes o fraude porque eso si es delito penal?
Como se hace para que no haya motivo que pueda originar que te demanden por alzamiento de bienes o fraude?
hola aprovecho esta pagina para dejar mi inquietud y ruego a quien pueda asesorarme y decirme que debo hacer. Mi esposo y yo llegamos hace 6 años a Italia y el alprincipio le fue muy bien pues tenia un trabajo fijo que le permitio comprar casa y tambien porque tiene doble ciudadania es italoperuano y esto le dio facilidades para conseguir otras cosas. el problema es que desde hace mas de un año la empresa donde el trabajaba quebro y tuvieron que cerrar, el se vio obligado a buscar lo primero que habia y trabajar hasta 12 horas diarias para poder llegar medianamente al sueldo que tenia antes y triplicando esfuerzos. yo he tenido pocos trabajos y el ultimo ha sido por un año y medio pero con la crisis nos han dicho que para enero de 2009 no habra mas empleo yque nos dejaran en casa.
tenemos una deuda de 35.000 euros, donde se incluyen tarjetas(como 4) financiamiento de la casa que es la mas costosa pues debemso pagar mensualmente 890 euros de mutuo y lo demas o sea el resto del sueldo que son aprox. 800 euros es para pagar creditos y otras cosas. Llegamos a fin de mes y no nos queda dinero para ir a comer a mc donalds.
Hemos habaldo de declararnos en bancarrota y no pagar la totalidad de las tarjetas y hemos habaldo con el banco para parar el pago de la casa pero no nos dan ningun plazo, hay que pagar como sea.
no sabemos que hacer, queremos pagar pero se nos viene encima el problema de desempleo yo quiero pedir la desocupacion al estado y tal vez con eso nos podemos mantener unos dos meses pero no quiero tampoco arriesgar lo que tenemos, hemos pensado en comprar una casa rodante e irnos a vivir por alli sin pagar nada y dejar nuestra casa en alquiler para no perderla, y dejar al aire las tarjetas y demas deudas pero me asalta la duda que nos embarguen por deber las tarjetas y si correria peligro nuestro unico inmueble que es la casa o mas bien deberia decir el apartamento pues no es una casa grande, es solo un apartamento. mil gracias por favor aconsejenme.
Hola!
Respondí a una duda parecida aquí:
http://www.17-s.info/node/206#comment-541
"Si dejas sin pagar 4000 euros en targetas y prestamos, despues del juicio civil te pueden embargar por ese valor. La nómina, o la propiedad que sea. Pero respecto al piso hipotecado, pueden "ponerse a la cola" de que si algun dia lo vendes exigir su cobro, pero siempre va antes el banco que tiene la hipoteca. Se trataria de un embargo, pero no da derecho a quitarte el piso o subastartelo, sino que son derechos futuros por el valor debido"
En vuestro caso serian 35000 euros, por tanto un mayor porcentaje de la vivienda, pero si seguis pagando la hipoteca no os la podrian quitar por los otros impagos porque el embargo por otras deudas no pasa por delante del contrato de hipoteca. Estamos esperando que un colectivo de abogados nos confirme con detalle este asunto así que estad pendientes de lo que va a salir en este enlace:
http://www.17-s.info/faq-deixar-de-pagar-deutes-dejar-de-pagar-deudas-ca...
Otra duda a resolver seria si hay algun peligro de embargar lo que cobreis del alquiler en caso que se enteren. Para ello lo mejor seria alquilarlo a alguien de confianza sin contrato, de manera que ellos crean que seguis viviendo allí.
En todo caso os animamos a ser parte de la huelga de usuarios de bancos y estar en contacto:
http://www.17-s.info/es/iniciamos-la-campana-de-la-huelga-las-preinscrip...
Buenos días. Quería hacer una pregunta: si dejo mi hipoteca colgada (en España) y me voy vivir a Portugal o Inglaterra, tienen potestad de embargarme mi nomina o bienes fuera de España? GRacias!
Hola!
He creado una respuesta frecuente sobre este tema de los embargos en el extranjero,
en este enlace
http://www.17-s.info/faq-deixar-de-pagar-deutes-dejar-de-pagar-deudas-ca...
Respecto a tu caso escribia esto:
Dentro de la Unión Europea
Los esfuerzos de la "diplomacia del embargo" van en estos momentos para accelerar los plazos dentro de la UE. Pero en el caos de deudas a bancos sigue yendo bastante lento. Primero deben de conocer la existencia de esos bienes y luego deben de solicitar el embargo por la via diplomática, que es muy lento. Hay información que dicen que en algunos casos los estan logrando a los 5 años, pero no hay un proceso standard.
Aquí hay un foro que hablan de embargos de bienes en la UE, de done saque esa información.
http://www.burbuja.info/inmobiliaria/burbuja-inmobiliaria/64479-se-puede...
y que hacienda dentro de la UE lo tiene bastante fácil
http://www.elmundo.es/papel/2003/09/16/economia/1474515.html
Si poneis en buscadores "embargar bienes en el extranjero" encontrareis más información.
----------------------
Así pues si sucede será a largo plazo, pero puede ocurrir. Seria importante que busques ejemplos en internet del pais que escojas para vivir, para tener mayor información. En todo caso por lo que respecta a la nómina, vigílalo especialmente si es un trabajo en el que pienses estar tiempo, puesto que como más tiempo lleves en el mismo empleo más posibilidades habrá del embargo.
También tienes la posibilidad de tratar que el banco acepte el piso a cambio de la cancelación de la deuda. Puesto que no les interesa poner en sus informes de solvencia que tienen más deudas impagadas, estan aceptando en más casos de lo que seria habitual en otras épocas, el piso a cambio de la cancelación de la deuda.
saludos
enric
Hola; tengo una deuda de 1800 euros con vodafone el problema es que no puedo pagarla de golpe y no me dejan pagarla fraccionadamente puesto que es un importe muy elevado no tengo propiedades, ni sueldo fijo, me gustaria saber si me llevasen a juicio que podria pasar y si me metiesen en la lista de morosos por cuanto tiempo seria¿? tengo entendido que por dos año, tengo planes de irme a vivir a Londres dentro de unos cinco meses, en Londres tampoco me concederian ningun credito por estar morosa en españa¿?¿?
Por favor me urge una respuesta, porfavor!!! muchas gracias por toda la informacion anterior.
Hola!
Yo tuve una deuda de una cantidad parecida con vodafone y lo unico que hicieron en 5 años fue ponerme en el registro de morosos badexcug de experian. Durante uno o dos años estuvieron amenazando de ir a jucio pero luego lo dejaron. No podemos estar seguro de si han cambiado de política pero en el caso de una compañia telefónica es más probable que en un una entidad financiera que te no te lleven a juicio, porque el banco lo necesita para que el banco de españa le contabilice la deuda y eso beneficia a su balance.
Respondiendo a tus preguntas concretas. El registro de morosos, creo en caso de telecomunicaciones caduca a los 5 años (desde la fecha de entrada en el registro) y a partir de entonces debes solicitar que te den de baja, aun no hayas pagado. Este punto deberia confirmarlo pero ahora no tengo tiempo.
En Londres no tendras ningun problema por estar en un registro del estado español, solo lo podrias llegar a tener en caso de orden de embargo pero a muy largo plazo segun explicamos en esta respuesta frecuente
Así que puedes marchar tranquila que el dinero te hará mas falta a ti que a la compañia telefónica.
saludos
Enric
Muchas gracias me dejas mas tranquila
Los bancos siempre han dado "credito facil..." ahora que realmente se han puesto responsables...ya es tarde la gente no tiene dinero...por la crisis que ellos generaron...
Amigos no hay antecedentes por gente que no paga vaya a la carcel...sino estarian varios presos...y no lo estan...hay mucha contemplacion.La ejecucion de un piso,no es algo rapido...primero el banco embarga fincas completas de un constructor o alguna urbanizacion.Pero nunca una vivienda de un particular.Sino imaginaros la cantidad de gente que habria en la calle....
Y las deudas de tarjetas de creditos tampoco es un problema ,te podes largar a sudamerica tranquilo que nadie ira detras tuyo....
suerte a todos...
tengo 7 targetas y varios prestamos.soy autonoma.mi equibocacion fue pedir targetas de credito pues en esos momentos podia hacer frente a los pagos de dichas cuotas.ahora no.me enbargue en un negocio y en un piso ala misma vez y lo reforme y arregle todo con dicho dinero.
mi situacion economica a cambiado y no puedo hacer frente a las cuotas,solo necesito un poco de tiempo para recuperarme ya que mi comercio ba menos pero ba.e llegado a acuerdos con algunos pero con otros no quieren y me an mandado cartas para ir al juzgado.me pregunto porque cuando pedia me ponian en estudio con riesgo y me seguian dando.mi culpa es eso esta claro.pero y la parte de ellos.estoy pensando en poner un quita y espera a los que no quieren llegar a un acuerdo,pero no quiero que me repercute en mi negocio.necesito ayuda.gracias
Hola Virgilia
Te recomiendo leas la mayoría de los foros abiertos en "comunidad de morosos". Hay varios casos similares al tuyo con respuesta. Si sigues teniendo dudas.........pregunta.
Saludo
Jerome
gracias jerome
leere mas donde meas dicho.
un saludo
NO ENCONTRADO NADA AL RESPETO DE LO QUE ES UN QUITA Y ESPERA.NECESITO QUE ALGUIEN ME DE INFORMACION AL RESPETO PUES LA VERDAD ESQUE ESTOY INTRANQUILA POR LAS CONSECUENCIAS QUE PUEDAN ACARREAR.
¿PUEDO PRESENTARLO PARA QUE PAREN LA DEUDA DE TARGETAS?
¿QUE PERSONAS PUEDEN ACCEDER A ESA INFORMACION?
TENGO MAS MORAL QUE EL ALCOLLANO PERO ME LEBANTO POR LAS MAÑANAS CON MIEDO A QUE ME BOY A ENCONTRAR CADA DIA.
LLEBO 6 MESES SIN PAGAR LAS TARGETAS Y ES UNA PESADILLA,EL VIVIR ASI.ESPERO ENCONTRAR UNA SOLUCION.GRACIAS
Hola Virgilia
Por lo que yo entiendo, un "quita y espera" es un acuerdo entre un deudor y su acreedor para bien paralizar esa deuda temporalmente o condonar (anular) la misma. En el caso de deudas de tarjetas bancarias, no creo que ningún banco acepte esa propuesta (ellos solo perdonan deudas a los partidos políticos u otros afines donde reciban algo a cambio)
Yo analizaría mi situación financiera personal (ingresos, pagos, propiedades a mi nombre) y valoraría si vale la pena seguir amargada o es mejor asumir la situación, cubrir en primer lugar las necesidades básicas y dejar de pagar automáticamente todas las tarjetas (cambiando de número de teléfono para evitar molestias, entre otras cosas. O decirles claramente que no puedes pagar y que por tanto no vas a pagar)
Suerte y ánimo, que de una mala racha financiera se puede salir, aunque para ello se deban tomar decisiones arriesgadas.
Jerome
gracias jerome.el piso esta a mi nombre,el coche,el comercio,e echo eso pagar piso que no debo nada,y letras del comercio,con lo demas boy jugando,autonomos tampoco debo nada pero las targetas deje de pagarlas porque no podia,me exigen intereses desorbitados y la mbna el total de la deuda aparte de no querer negociar nada.e mandado escritos explicando mi situacion para poder pagar pequeñas cuotas y unos si pero otros no.el mbna me pondra en el juzgado esta semana.por eso lo unico que se me abia ocurrido era lo del quita y espera.al telefono me lo tienen acribillado y no se de donde sacan el di mi familia.te agradeceria que siguieses aconsejandome.y dar las gracias por este foro.y animo a toda la gente que escribe.porque es bueno saber que uno no esta solo y que hay apoyo.un saludo.
Hola Virgilia
Tendría que tener todos los detalles para poder ofrecer una solución personalizada. Lo que te he dicho en el mensaje anterior es a nivel general. Cuanto puede valer tu piso en el mercado actual? cuanto tienes de hipoteca y cuanto queda pendiente? el coche dices que está a tu nombre y lo compraste con crédito personal o financiera? y el comercio es de alquiler?
Yo en principio te sigo recomendando todo lo que te he dicho en el primer mensaje. Si das más detalles intentaré ajustar más. Pero ten en cuenta que es solo mi opinión personal y que tampoco puedo responder a todos los mensajes por temas de tiempo (espero que en el foro haya alguien más que pueda dar una opinión)
Sigo pensando que leer todas las carpetas que hay en la sección "comunidad de morosos" y los enlaces que figuran en ellas, puede ayudarte a comparar situaciones similares a la tuya.
Suerte y un saludo.
Jerome
hola jerome,me duelen los ojos de leer en comunidad de morosos ya que os descubri hace 4 dias y me a servido de gran ayuda.respeto a mis bienes el piso esta por pagar y la deuda que tiene es mayor que lo que vpo en estos momentos da.o sea que por ahi no tengo na que hacer,el coche aun me queda por pagar y es de la financiera peugeot,y el comercio es alquilado.mi ruina son las targetas.el tlfono no lo puedo cambiar porque es el del comercio que tiene el mismo numero desde que yo naci 31 años.y es ahi donde llaman aunque les pongo el fax,y algunos llaman a mi madre.contestame cuando puedas ya que hay mucha mas gente como yo.te lo agradesco.
el miedo que tengo esque me levante un dia y me persiga un cobrador,como ya me an amenazado.un saludo
Gracias por estar ahí, pensaba que era una isla en medio del océano, ahora por fin veo que no estoy solo, aunque sigo sin poder dormir y creo que me va a dar algo. Vereis tengo una hipoteca de 203.000Euros de los cuales sólo he pagado 13000euros y tarjetas y préstamos por valor de 80000euros. Estoy casado mi pareja no trabaja y tampoco tiene ni idea de estas deudas, ni a firmado nada claro. El piso lo compramos antes de casarnos y lotenemos añ 50%, al igual que el coche pagado y al 50%. Yo cobraba antes como 1500euros más de lo que cobro ahora por lo que podía hacer frente a todo, ahora ya no. Llevo cuatro meses sin pagar préstamos y tarjetas. Solamente llevo al día la hipoteca porque tenemos que comer claro. Contraté a un abogado para que me hiciese un estuido sobre el concurso de acreedores, y eso está hecho para las empresas, a las personas particulares les sale carísimo y estás en lista de morosos para toda la vida, en las otras sólo te pueden tener 6 años. A este abogado le pedí que negociase con mis acreedores pagar la deuda en más tiempo para bajar las cuotas y me dijo que no que lo hiciera yo, después de sacarme 100 euros por hacer un estudio de mi endeudamiento y encima me informó mal porque me dijo que para embargarme el piso tendrían que poner los acreedores encima de la mesa del banco en el cual tengo la hipoteca la cantidad que aún me queda por pagar de la hipoteca para poder sacarla a subasta, que lo único que podían hacerme era poner los embargos en el registro detrás de la hipoteca y esperar años a que yo hubiese pagado mucho y entonces ir a por ella,eso medijo que no podían hacer nada más y eso que tengo nómina. Para que veáis que tipo de abogados hay por ahí.
Luego busqué otro para que negociase con los acreedores, yo no puedo negociar con ellos porque lo intenté pero me trataron tan mal y con tantos insultos que tuve que ir al hospital con un ataque de ansiedad. Bueno cuando busqué a este segundo abogado aún no debía nada a nadie, fué por el mes de septiembre y me dijo que sí que el lo haría que no me preocupase y que no cogiese el teléfono móvil cuando me llamaran, el fijo no lo saben y está oculto ya lo pedí hace muchos años que fuese así. Ahora me veo que este tío no ha hecho nada, que les mandó unas cartas diciendo mi situación y que le llamarán a él y no lo hacen me llaman a mí. Le llamo al abogado y me dice que me espere que ya le llamarán que acabarán llamándole, y yo lo único que hago es recibir cartas de bancos y financieras reclamándome la deuda cada vez más duras.Otro caradiura que me ha tomado el pelo La tarjeta Barclaycard ya me ha metido en los registros de morosos y me reclama toda la deuda, pues la tenía fraccionada, y supongo que así seguirán todos.
Me va a dar algo no sé ni lo que me pueden hacer y por lo menos espero que vayan sólo a por mi 50% de piso y coche y espero que desistan de eso también e intenten ir sólo por la nómina y sobre todo espero salir de todo sin que mi pareja se vea afectada, cosa que veo muy dificil, aunque también me han dicho que si ella no lo sabe y no ha firmado nada a lo suyo nadie le va a hacer nada aunque sean gananciales.Lo más probable es que me quede sin nada y también sin familia, y todo por meterme en una espiral de la que no supe salir o no haberme metido.
Siento haberos metido este rollo, pero sólo quería desahogarme y que alguién me asesore en algo si puede o quiere. Ante todo gracias por este foro.
hola fer esta claro que como tu y que como y mucha gente nos hemos metido en un pozo.beras yo no te puedo aconsejar porque ni yo misma se como salir pero si que te dire que lo cuentes a tus personas allegadas.pues llebarlo uno solo el lastre es muy pesado,mira siempre las cosas con optimismo ya se que es facil decirlo pero no hacerlo pero se lleba mejor.el padecimiento a beces es gratis,yo me repito muchas veces saldre de esta,asta que me lo creo,y tengo fe y moral enque algun dia saldre espero.es una inseguridad,intraquilidad y miedo la que se vive.pero no queda otra asta que se encuentre la solucion adecuada.animo para ti y para todos en la misma situacion.
Hola Fer
Si, siempre hay algún abogado dispuesto a echarnos una mano......al cuello y previo pago. En estos tiempos más de uno saca beneficio de la desesperación ajena. Yo siempre recomiendo acudir a un abogado con referencias (de algún amigo, familiar...) Así por lo menos si sale malo puedes coger del cuello a quien te lo ha recomendado. Dificil tarea la de encontrar a uno bueno (que seguro que los hay, eso no lo pongo en duda) Digamos que en mi lista particular van justo detrás de los banqueros.
Bueno, a lo tuyo.
Efectivamente, lo del concurso de acreedores (declararse en suspensión de pagos, quiebra) es prácticamente inviable para particulares, aunque sea una opción teórica. Si no tienes para pagar deudas como vas a tener aprox 15.000€ para realizar esa actuación?
Yo lo que haría en tu caso (opinión solo personal)
* Lo primero pasar el regimen matrimonial de gananciales a separación de bienes (lo puedes hacer perfectamente y además no tienes ningún juicio abierto por ahora)
* Ten en cuenta que en muchas zonas, las tasaciones actuales de viviendas han bajado (de un 10 a un 40%) Es posible (no tengo detalles concretos de tu caso pero si de amigos) que tu casa valga hoy en día en el mercado menos de lo que debes de hipoteca. En tal caso es el banco el que se tiene que preocupar, no tu. Si llegan a ir por la reclamación judicial, con los gastos y costas no cubren el valor de mercado actual del piso. Tu sigues pagando la hipoteca si quieres/puedes y los que te reclaman la deuda de las targetas, llegado el caso, si van por lo judicial....que se pongan a la cola. Tiene prioridad el banco de la hipoteca y con lo que les debes.....van para largo.
*El coche ponerlo a nombre de alguien de confianza (o poder ser sin vínculos familiares)
*Cambiar de número de teléfono a la mayor brevedad.
*No hacer ni puto caso a las cartas que llegarán en un futuro, por muy amenazadoras que sean.
*Puede que dentro de varios meses te lleguen a embargar parte de la nómina (hay por ahi una carpeta sobre eso. No sé adjuntar el enlace-soy un matao)
* Asumir cuanto antes una nueva vida financiera. Sin préstamos bancarios, ni tarjetas, ni compras a plazos. Se puede vivir, te lo aseguro.
* Bueno, sin profundizar en el tema......yo comentaría la situación financiera con mi pareja. Por jodido que sea puede ser preferible a una futura sorpresa desagradable. Pero.........es solo mi opinión.
Animo, que de esta sales adelante. Y con una experiencia aprendida, espero.
Jerome
Muchas gracias Jerome, mañana mismo voy a empezar con la separación de bienes y cambiar el titular del coche,aunque supongo que como el coche lo tenemos al 50% si puedo cedérle a mi pareja el 50% con la separación de bienes y aún sin ningún juicio pendiente supongo que no pasará nada.
De verdad agradezco mucho tu ayuda. Y se lo voy a contar a mi mujer, me va a matar.
Y te aseguro que de esta aprendo, ya llevo mucho tiempo viviendo sin tarjetas ni préstamos, hasta hace 4 meses sólo me había dedicado a pagarles a todos hasta que ya no he podido más. Pero es cierto lo que dices creo que sólo se van a llevar un pellizco de la nómina y con lo que debo el último va a cobrar dentro de bastantes años.
Salu2 y de verdad muchas gracias
Hola,estoy totalmente desesperada, igual que mi marido. Estamos ahogados hasta arriba, con casi 40.000 e en diversos préstamos que ahora no podemos hacer frente. No hacen mas que llegar cartas de las financieras reclamando las cantidades devueltas por el banco, que no podemos pagar. A mi marido le embargarán la nómina para pagar lo que se le debe al banco, pero el resto de los préstamos, tenemos que buscarnos la vida, y eso, ¿cómo se hace?. Yo trabajo, y gano unos 500 e, que me sirven para comer, tengo dos hijos, que aunque mayores de edad, están estudiando y están en casa. Estamos en un piso de alquiler de renta antigua, y a partir de febrero nos suben un 42%, lo cual ya nos supone otro problema.Lo de las financieras, ¿irá al juzgado y repartirán el sueldo de mi marido?Yo no estoy asegurada. Y si nos meten en la lista de morosos, ¿es para siempre?. En el banco le dijeron que le darían para el piso, luz y agua, pero que lo demas es cosa nuestra.Lo veo todo muy negro. Me puedes explicar que es lo que nos puede pasar con todo esto?.Gracias.
En primer lugar........tranquilidad.
Si no teneis propiedades, solo os embargarán una parte de la nómina (busca una carpeta que habla de la cantidad a embargar) Digamos que los primeros 625€ de la nómina no te los tocan, del segundo tramo de 625€ te cogen un 30% . O sea que con una nómina de 1.250€ te cogerían 187€ mensuales, que tampoco es tanto.
Yo en estos casos siempre haría lo mismo (opinión personal). Deja de pagar INMEDIATAMENTE todas las tarjetas/préstamos. Cambia de número de teléfono. No hagas caso a las cartas amenazantes que lleguen en un futuro. Si llega una citación del Juzgado para ir a juicio (dentro de bastantes meses) ni te presentes (si es por la deuda claro, no sea por otra cosa) Dedica tus ingresos a cubrir tus necesidades básicas y las de la familia. Asume que tienes que empezar una nueva vida financiera sin préstamos en un futuro, ni compras a plazos (sobrevivirás, te lo aseguro)
En lista de morosos en teoría puedes estar un máximo de 6 años, aunque a veces se retrasan en sacarte. No te preocupes. No es delito ni nadie te va a señalar con el dedo.
Suerte y adelante, que se puede.
Jerome
Hola a tod@s y ánimos:
Una pregunta: ¿Es posible donar una propiedad que tenga una hipoteca?; Y si está hipotecada y con embargo, ¿qué pasa?...
¿Cúal sería el trámite a realizar?
Saludos
Hola "siempre hay salida"
En el primer caso, si está hipotecada, pasará lo mismo que si lo vendieras, es decir que
tendrá que firmar el banco hipotecado o el banco que asumo una subrogación (cambio de sujetos de alguna de las partes del contrato de hipoteca). Si firma no hay ningun problema. Ten en cuenta por otra parte que aun existe el impuesto de sucesiones y donaciones en algunas comunidades autónomas, por ejemplo en catalunya si existe.
(para saberlo poner en el buscador "impuesto de sucesiones y donaciones" y el nombre de vuestra comunidad autónoma, y buscad si hay alguna noticia que se haya cancelado el impuesto, ya que en algunas se ha cancelado recientemente. Creo que en Catalunya por ejemplo seria aun el 5 % del valor de tasacion del piso)
Si el piso se embarga, además de lo anterior hay que tener en cuenta lo siguiente.
Por un lado si el piso embargado se vende (lo cual ya es dificil que todas las partes lo acepten) el proceso sigue su curso sin detenerse que es lo que viene a decir este artículo de la ley de enjuiciamiento civil.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html
Artículo 594. Posterior transmisión de bienes embargados no pertenecientes al ejecutado.
1. El embargo trabado sobre bienes que no pertenezcan al ejecutado será, no obstante, eficaz. Si el verdadero titular no hiciese valer sus derechos por medio de la tercería de dominio, no podrá impugnar la enajenación de los bienes embargados, si el rematante o adjudicatario los hubiera adquirido de modo irreivindicable, conforme a lo establecido en la legislación sustantiva.
En cambio si se demuestra que la donación ha sido antes del embargo ocurre lo siguiente. (terceria de dominio, significa propiedad de un tercero, es decir quien no está vinculado al embargo)
Artículo 595. Tercería de dominio. Legitimación
1. Podrá interponer tercería de dominio, en forma de demanda, quien, sin ser parte en la ejecución, afirme ser dueño de un bien embargado como perteneciente al ejecutado y que no ha adquirido de éste una vez trabado el embargo.
2. Podrán también interponer tercerías para el alzamiento del embargo quienes sean titulares de derechos que, por disposición legal expresa, puedan oponerse al embargo o a la realización forzosa de uno o varios bienes embargados como pertenecientes al ejecutado.
3. Con la demanda de tercería de dominio deberá aportarse un principio de prueba por escrito del fundamento de la pretensión del tercerista.
Luego el artículo 598 completa la información:
Artículo 598. Efectos de la admisión de la tercería.
1. La admisión de la demanda de tercería sólo suspenderá la ejecución respecto del bien a que se refiera.
2. El tribunal, previa audiencia de las partes si lo considera necesario, podrá condicionar la admisión de la demanda de tercería a que el tercerista preste caución por los daños y perjuicios que pudiera producir al acreedor ejecutante. Esta caución podrá otorgarse en cualquiera de las formas previstas en el párrafo segundo del apartado 3 del artículo 529.
3. La admisión de una tercería de dominio será razón suficiente para que el tribunal, a instancia de parte, ordene, mediante providencia, la mejora del embargo.
Por tanto si quien ha recibido la donación aporta pruebas que le dan la propiedad previa a la fecha de embargo, se para dicho embargo. A tener en cuenta, especialmente en casos de que la vivienda no esté hipotecada o que la hipoteca se esté pagando y el embargo venga por otras deudas. Y especialmente en las comunidades donde se haya suprimido el impuesto de sucediones y donaciones.
Por cierto la donación se hace mediante un "contrato de donación" ante notario mediante escritura pública
saludos,
Enric
Hola Enric:
Gracias por la respuesta.
Saludos.
(nota de redaccion, este comentario de virgilia viene de aquí)
HOLA A TODOS.HOY A SIDO UN DIA MUY DURO E RECIBIDO 7 CARTAS DEL AZNEZ,2 MENSAJES EN EL CONTESTADOR DICIENDOME LOS DEL SANTANDER CONSUN QUE AN PRESENTADO UNA DEMANDA JUNTO CON UNA ORDEN DE EMBARGO.¿PUEDEN HACER ESO SIN ABERME ABISADO ANTES MEDIANTE CARTA?Y EL OTRO MBNA CON QUE ME PONGA EN CONTACTO CON EL CON UNA VOZ Y UNA PREPOTENCIA Y INTIMIDACION.SE QUE LE HABRA SENTADO DE CUALQUIER MANERA LLEGAR HOY ALAS 8.00 Y VER EL FAX QUE LE ENVIE DICIENDO QUE NO PUEDO PAGAR Y DICIENDO QUE NO QUIEREN LLEGAR A UN ACUERDO COMMIGO.ME GUSTARIA QUE ALGUIEN ME PUDIESE CONTESTAR A LO DEL SANTANDER COMSUN.SALUDOS
Hola Virgilia.
Puede ser verdad o puede ser otra treta para ponerte nerviosa. Deberías pedirles que te envien por fax o carta la orden de embargo para comprovar que no es un farol.
las entidades financieras no pueden hacer embargos extrajudiciales excepto en caso de hipotecas impagadas y no es tu caso. Así que si no te ha llegado citacion judicial lo más probable es que sea falso.
En todo caso el orden tendria que ser.
1. peticion de quotas. 1a, 2a i 3a (i a veces 4a , 5a, 6a)
2. petición del total de la deuda
3. citación para juicio civil al que se te llama a asistir. Esta notificación tienes que haberla recibido y firmado tu o alguna otra persona de tu domicilio.
4. (despues de la fecha del juicio) orden ejecutiva de embargo, donde te dan 15 dias para hacer el pago antes de llevarlo a cabo.
saludos y ánimos
enric
gracias enric por contestarme,no me a llegado nada de lo que me comentas si me an metido en el aznez,porque llebo 7 cuotas inpagadas.
queria preguntarte para mas tranquilidad mia ya que e leido algo sobre ello y mi conpañero dice que es asi pero como que no me lo acabo de creer.
si debo el total del prestamo de la hipoteca porque lo amplie el año pasado,al cual no debo ninguna cuota,los que me demanden con orden de enbargo de otras entidades y targetas,¿SE TIENEN QUE PONER A LA COLA ASTA QUE PAGUE EL PRESTAMO DEL PISO QUE ENTONCES SE QUEDARIA LIBRE DE CARGA?
porque si el piso hoy por hoy es del banco por que debo su totalidad,pienso que otras entidades no la pueden tocar.¿es cierto eso?gracias de antemano pues si eso es verdad ya pueden ponerse a la cola asta que les pueda pagar y de paso respirare tranquila.
un saludo
hola , me embargan el piso... de echo me e ido de el por miedo supongo...la fecha de subasta es a primeros de febrero, y me gustaría saber que pasa si nadie lo compra, ¿tendria que pagar todo?no tiene sentido si no lo he podido pagar como lo voy hacer ahora,estoy perdido,he leido que saldrian varias subastas,van bajando el precio,pero ¿y si nadie lo quisiera? , y otra cosa, hasta cuanto pueden bajar el precio,porq si es por 2 duros lo compro yo, no se si me explico,es que estoy agobiado,lo peor es que tengo mas deudas tarjetas, creditos varios, letra coche...si ya me saturan en llamadas y cartas,no se que van hacer despues de esto. un saludo
Hola German
No, no pueden subastar a cualquier precio. Si lo venden por menos del 70% de su valor deben pedirte si tu encuentras algun comprador que de el 70% con posterioridad a la subasta. Por menos de 50% no se vende, solo lo puede comprar el banco para saldar la deuda. Si en estas circumstancias el banco no hace uso de esa opción de compra, puedes exigir el levantamiento del embargo.
En los artículos 670 y 671 de la ley de enjuiciamiento civil te lo explica (tambien puedes leer más detalles en artículos posteriores)
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#c4s6
Artículo 670. Aprobación del remate. Pago. Adjudicación de los bienes al acreedor.
1. Si la mejor postura fuera igual o superior al 70 % del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, el tribunal, mediante auto, el mismo día o el día siguiente, aprobará el remate en favor del mejor postor. En el plazo de veinte días, el rematante habrá de consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.
2. Si fuera el ejecutante quien hiciese la mejor postura igual o superior al 70 % del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, aprobado el remate, se procederá por el Secretario Judicial a la liquidación de lo que se deba por principal, intereses y costas y, notificada esta liquidación, el ejecutante consignará la diferencia, si la hubiere.
3. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 % del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio aplazado, se harán saber al ejecutante quien, en los veinte días siguientes, podrá pedir la adjudicación del inmueble por el 70 % del valor de salida. Si el ejecutante no hiciere uso de este derecho, se aprobará el remate en favor de la mejor de aquellas posturas, con las condiciones de pago y garantías ofrecidas en la misma.
4. Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 70 % del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, podrá el ejecutado, en el plazo de diez días, presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 70 % del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.
Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo previsto en el párrafo anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación del inmueble por el 70 % de dicho valor o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior a la mejor postura.
Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad, se aprobará el remate en favor del mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 % del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad por la que se haya despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas. Si la mejor postura no cumpliera estos requisitos, el tribunal, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate a la vista de las circunstancias del caso y teniendo en cuenta especialmente la conducta del deudor en relación con el cumplimiento de la obligación por la que se procede, las posibilidades de lograr la satisfacción del acreedor mediante la realización de otros bienes, el sacrificio patrimonial que la aprobación del remate suponga para el deudor y el beneficio que de ella obtenga el acreedor. Cuando el tribunal deniegue la aprobación del remate, se procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo siguiente.
5. Quien resulte adjudicatario del bien inmueble conforme a lo previsto en los apartados anteriores habrá de aceptar la subsistencia de las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere y subrogarse en la responsabilidad derivada de ellos.
6. Cuando se le reclame para constituir la hipoteca a que se refiere el número 12 del artículo 107 de la Ley Hipotecaria, el Secretario Judicial expedirá inmediatamente testimonio del auto de aprobación del remate, aun antes de haberse pagado el precio, haciendo constar la finalidad para la que se expide. La solicitud suspenderá el plazo para pagar el precio del remate, que se reanudará una vez entregado el testimonio al solicitante.
7. En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor, podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas.
Artículo 671. Subasta sin ningún postor.
Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por el 50 % de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos.
Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esa facultad, se procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado.
Esta respuesta también te lo explica con un esquema del proceso de embargo de un piso hipotecado
Por último recuerda los consejos de esta respuesta si estás agobiado.
No puedo más como olvidar las deudas y empezar de nuevo
ánimos y adelante,
Enric
muchas gracias Enric,
otra cosa, ahora aparezco en la lista de morosos, cuando empiecen a descontarme de la nómina el % correspondiente( porque no creo que me toque la lotería y/o mi piso se lo quede alguno) ,¿ seguiré apareciendo en la lista del asnef hasta que pague todo? o deberian de sacarme de ahi.
Esto es una pena, por todos los comentarios que leo, veo que somos más de lo que parece. un saludo a todos.
SI LOS BANCOS CREAN EL DINERO A PARTIR DE LA DEUDA, POR QUE DEVOLVERLES LO QUE NO TE DIERON, ESTO ES LO QUE DICTO UN JUEZ EN USA EN LOS AÑOS 70 CUANDO UNA PERSONA A LA QUE LE QUERIA EMBARGAR SU CASA EL BANCO Y ESTA PERSONA ESPUSO AL JUEZ LA TRAMA DEL SISTEMA PARA CREAR DINERO DE LA NADA APARTIR DE LA DEUDA CONTRAIDA POR UN CLIENTE, O SEA QUE ANTES NO EXISTIA ESE DINERO.
SERIA IMPORTANTE QUE AQUI EN ESPAÑA SE PUDIESE HACER LO MISMO, Y QUE LOS BANQUEROS SE QUEDASEN CON LO SUYO "NADA" Y LOS QUE PRODUCIMOS COSAS O SERVICIOS UTILES NOS QUEDASEMOS CON ELLOS.
SALUDOS Y DESTAPEMOS EL ENGAÑO.
hola buenas, os queria hacer una pregunta
estoy embargada por la seguridad social antes estuve como autonoma y ahora no, (debo 1800 euros) como trabajo por cuenta ajena me han pillado la nomina.
tengo nomina de 861 y me ha llegado este mes una retencion de 168 euros (me parece mucho no?) y cada mes va a ir subiendo.
si pudiera arreglar con mi jefe que me diera en nomina solo 624 igual me descontarian?
creo que los embargos de la seguridad social son diferentes a los demas embargos esto es asi?
muchas gracias
Hola buenas
Si tu nómina es de 861 solo te podran embargar 71,1 euros a partir del próximo sueldo
como el que has cobrado era de diciembre con un SMI inferior. de alli te podian sacar 78,6 euros
En caso de que hayas tenido paga extra el último mes, serian como dos sueldos y te hubieran podido embargar en ese caso 157,2 el total
por tanto si te estan embargando 168, es ilegal y puedes "oponerte" a ese embargo ante el juzgado con apoyo de asistencia juridica gratuita, si es por la paga doble no es mucho pero si era ante una paga normal, si que hay mucha diferencia. Algo que podrias hacer es esperar a ver que cantidad te embargan de la próxima nómina dentro de 10 días, y si insisten en lo mismo, entonces denunciar.
La seguridad social se diferencia en que no tiene que pasar por el juzgado para embargarte, pero no en que la cantidad que pueda embargar sea distinta. La cantidad es igual para el total de todos los acreedores habidos y por haber.
En este enlace tienes más información sobre las cantidades inembargables
que tengas suerte!
enric
hola tengo 28 años y me encuentro sin trabajo y en paro vivo de alquiler y los coches estan a nombre de mi mujer mi pregunta es que pasa con mis deudas ya que hace unos 4 meses que no las pago porque no puedo una vez que empiece a trabajar cuanto me descontaran de la nomina a mi ya que tengo familia numerosa son 2 pero el niño tiene discapacidad por lo que soy familia numerosa en este caso cuanto me descontaran a mi ya que como se imaginaran mis gastos son mayores.....
me llaman del cityfinancial ya que me pagaron en producto que compre en cuotas me dicen que me llevaran a juicio y que me pondran en el asnef que pasa con esto, les digo que no puedo pagar y me dicen que porque me he metido en una deuda ...les dije que porque podia pagar pero en este momento no puedo....bueno saludos y gracias y ojala la situacion cambie para todos...
Hola dabm136
En esta respuesta de las faq tienes la tuya
Cuanto me van a embargar de la nómina
Fijate que en el punto 4 dice:
"4. En atención a las cargas familiares del ejecutado, el tribunal podrá aplicar una rebaja de entre un 10 a un 15 por 100 en los porcentajes establecidos en los números l.º, 2.º, 3.º y 4.º del apartado 2 del presente artículo."
Si te llevan a juicio civil, tienes que comentarlo tu, porque ellos por defecto no te lo van a rebajar.
saludos y suerte
Enric
Hola, tenemos con mi marido una deuda de un prestamo personal y con tarjetas de credito de ambos, la situacion aca esta muy complicada y hemos decidido volvernos a argentina. Mi pregunta es: pueden embargarme mi casa alla? el coche o la futura nomina? Que es peor deber un prestamo personal o deber las tarjetas? podre pedir una tarjeta de credito en mi pais?
Hola cleo,
No vas a tener ningun problema respecto a embargos en Argentina
Esto lo tenemos comentado en esta pregunta frecuente:
me pueden embargar si me voy del país?
Es lo mismo tanto si ves tarjetas como préstamos como si dejas la hipoteca sin pagar.
Mucha suerte con tu nueva vida.
Enric
Hola amigos, tengo deudas con 4 tarjetasde credito que suman unos 5.000 euros y dos prestamos personales que ya estoy casi terminando de pagar, el problema es que en abril me saque un coche a credito y ahora acabo de quedarme en el paro, tengo una cuota impagada con 2 de mis tarjetas y una cuota del coche impagada, que pienso pagar ¿¿pueden por las tarjetas embargarme el coche... aunque este esté financiado?? y si yo sigo pagando solo el coche???... ese embargo podría ir mas bien a mi prestacion de desempleo??? ... puedo devolver el coche a la financiera?? y si me queda una deuda ( que me va a quedar porque los coches nuevos pierden su valor una vez salen del consecionario) a pesar de esa devolucion irme a mi pais y olvidarme del tema???, actualmente tengo doble nacionalidad... tengo tres hijos pequeños, soy de sudamerica... perderia mi nacionalidad española??
gracias por responder urgente!!!!!! suerte a todos... abajo la crisis y los que la alimentan!!!
Hola!
En caso que tu coche tenga reserva de dominio, tiene prioridad la financiera y por las tarjetas no te lo pueden quitar, en caso que sea un préstamo sin reserva de dominio, si que te lo pueden quitar y por tanto irian a embargártelo.
En función del paro que tengas pueden embarte eso, o empezar por el coche y lo que quede la nómina.
Vendérselo de nuevo a la financiera podria ser una opción pero tendrías que confirmar si da para cancelar el préstamo. Haciendo 10 meses que lo compraste no está claro.
Leete estas respuestas para ampliar la información respecto a tu caso:
1. Que cantidad me embargaran de la nómina?
23. Si estoy pagando el crédito del coche, puedo venderlo?
saludos y ánimos
Enric
hola enric,e leido sobre la pregunta que te hacia el otro dia sobre si tengo el piso hipotecado los enbargos se graban despues de la hipoteca que en este caso la tengo a 40 años ya me a quedado claro.tenia que hacer una pregunta e pedido en el banco un talonario de pagares,y nunca estan,¿no me lo daran por ser morosa?.osera por casualidad.ya que mi situacion es asi y se habran enterado que soy morosa.
vivo esperando noticias de una deuda de otra de otra ezt,y me lebanto por las mañanas preguntandome que me deparara el dia hoy,incluidas llamadas de tlf costantes aumque ya no tantas,cuando llego a casa me da miedo abrir el buzon porque siempre esta lleno y menos mal que no beo a la cartera si no que lache,en fin esto a veces es de risa.espero que el futuro sea mejor y por lo menos no equibocarme mas veces,animo a todos que esten en mi misma situacion.un saludo enric.
Hola Virgilia,
Es probable que una operación se retrase, si el banco considera que es arriesgada.
Pero si no te la conceden te lo diran, simplemente es cosa de ir insistiendo hasta que te den una respuesta afirmativa o negativa.
Respecto a la otra pregunta que has hecho despues, en relación a ser autónoma.
Está respuesta aquí:
Si eres autónomo que te pueden embargar en dinero?
saludos y animos
Enric
pd: utiliza el enlace para hacer preguntas de esta subweb, si tienes más:
http://www.17-s.info/es/morosos
hola,si soy autonomo y no tengo nomina,hago declaracion de renta cada año.¿EN CASO DE ENBARGO A QUE SE ACOGERIAN PARA ENBARGARME?
saludos
Hola a todas las personas
Recientemente hemos puesto en marcha la creación de un módulo especial para preguntas y respuestas
Estamos organizando mejor el foro y hemos puesto en marcha una página web para la comunidad de morosos
Por eso debes plantear tu pregunta aquí
Este foro queda naturalmente en lectura para consulta de quien quiera informarse.
Animos a tod@s
Colectivo Crisis



Sobre "PRESCRIPCION DE DEUDAS"
JUICIO MONITORIO
DAR LAS GRACIAS A ESTA PAGINA PARA MOROSOS
JUICIO MONITORIO
ACN Estafa Piramidal !OJO! Por Josito
JUICIO MONITORIO
JUICIO MONITORIO
Negociar con fondos buitre
JUICIO MONITORIO
Recibos que no se pueden devolver
JUICIO MONITORIO
JUICIO MONITORIO
ACN Estafa Piramidal !OJO! Por Josito
JUICIO MONITORIO
JUICIO MONITORIO